Se deberá anexar los documentos que amparen el cumplimiento de las regulaciones no arancelarias del país de destino: a) Certificado fito sanitario. Para la exportación de productos forestales, de origen vegetal, productos y subproductos de origen animal, es necesario solicitar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), el certificado o autorización correspondiente.
b) Certificado sanitario. Para la exportación de bebidas, alimentos preparados, elaborados o enlatados, medicamentos, productos derivados de la sangre humana, se requiere tramitar una autorización, certificado u oficio de la Secretaría de salud.
c) Permiso de exportación de la Secretaría de Economía (SE), el trámite se efectúa únicamente cuando el producto este sujeto a permiso previo (ejem. oro en bruto, monedas de acuñación).
d) Certificado de exportación La Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece que los productos de especies en peligro de extinción, materiales o residuos peligrosos están sujetos a la presentación del
emitido por el Instituto Nacional de Ecología, cuando se destinen a los regímenes aduaneros de exportación definitiva o temporal D.O.F. 27 octubre 1997. Deberá anexar los documentos que amparen el cumplimiento de las regulaciones no arancelarias del país de destino: a) Lista de empaque: detalla el acomodo y distribución de los bienes contenidos en un embarque, numerado desde la primera hasta la última caja, paquete o contenedor. Especifica volumen, peso, número de piezas, piezas por paquete, etc.
h Las Restricciones No Arancelarias son cualquier medida de carácter administrativo, financiero, cambia-rio o de otra naturaleza, mediante la cual un Estado Parte impide o dificulta, por decisión unilateral, el comercio recíproco. Las barreras, también llamadas técnicamente restricciones o regulaciones no arancelarias, son todos los requerimientos que un país aplica en la importación de mercancías a su país, además del tratamiento arancelario. Las barreras, restricciones o regulaciones no arancelarias son de dos clases:
- CUANTITATIVAS: Permisos de importación o exportación
- Cuotas
- Precios oficiales
- Impuestos antidumping
- Impuestos compensatorios
NO CUANTITATIVAS
- Regulaciones sanitarias
- Requisitos de empaque
- Regulaciones de toxicidad
- Marcas de origen
- Normas técnicas
- Regulaciones fito sanitarias
- Requisitos de etiquetado
- Normas de calidad
- Regulaciones ecológicas
Las barreras no arancelarias son las más extendidas y numerosas en los mercados importadores de mercancías
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