lunes, 30 de julio de 2018

REGULACIONES NO ARANCELARIAS


Se deberá anexar los documentos que amparen el cumplimiento de las regulaciones no arancelarias del país de destino: a)    Certificado fito sanitario. Para la exportación de productos forestales, de origen vegetal,  productos y subproductos de origen animal, es necesario solicitar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), el certificado o autorización correspondiente. 

b)    Certificado sanitario. Para la exportación de bebidas, alimentos preparados, elaborados o enlatados, medicamentos, productos derivados de la sangre humana, se requiere tramitar una autorización, certificado u oficio de la Secretaría de salud.

 c)    Permiso de exportación de la Secretaría de Economía (SE), el trámite se efectúa únicamente cuando el producto este sujeto a permiso previo (ejem. oro en bruto, monedas de acuñación).

 d)    Certificado de exportación La Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece que los productos de especies en peligro de extinción, materiales o residuos peligrosos están sujetos a la presentación del 
emitido por el Instituto Nacional de Ecología, cuando se destinen a los regímenes aduaneros de exportación definitiva o temporal D.O.F. 27 octubre 1997. Deberá anexar los documentos que amparen el cumplimiento de las regulaciones no arancelarias del país de destino: a) Lista de empaque: detalla el acomodo y distribución de los bienes contenidos en un embarque, numerado desde la primera hasta la última caja, paquete o contenedor. Especifica volumen, peso, número de piezas, piezas por paquete, etc. 

h Las Restricciones No Arancelarias son cualquier medida de carácter administrativo, financiero, cambia-rio o de otra naturaleza, mediante la cual un Estado Parte impide o dificulta, por decisión unilateral, el comercio recíproco. Las barreras, también llamadas técnicamente restricciones o regulaciones no arancelarias, son todos los requerimientos que un país aplica en la importación de mercancías a su país, además del tratamiento arancelario.  Las barreras, restricciones o regulaciones no arancelarias son de dos clases: 

  1. CUANTITATIVAS:   Permisos de importación o exportación
  2.    Cuotas 
  3.   Precios oficiales 
  4.   Impuestos antidumping 
  5.   Impuestos compensatorios  

NO CUANTITATIVAS 
  1.   Regulaciones sanitarias  
  2.  Requisitos de empaque 
  3.   Regulaciones de toxicidad 
  4.   Marcas de origen  
  5.  Normas técnicas 
  6.   Regulaciones fito sanitarias 
  7.  Requisitos de etiquetado  
  8.  Normas de calidad  
  9.  Regulaciones ecológicas  
Las barreras no arancelarias son las más extendidas y numerosas en los mercados importadores de mercancías

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

REGULACIONES NO ARANCELARIAS A LA EXPORTACIÓN

La exportación de mercancía puede establecerse en los siguientes casos: I. para asegurar el abasto de los productos destinados al cons...